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El TSJ reconoce el derecho de una interina a mantener su puesto, pero no a ser fija

La trabajadora denunció al Ayuntamiento de San Vicente por fraude de ley tras 15 años haciendo el mismo trabajo y reclamaba ser funcionaria - El tribunal advierte del «abuso» del Consistorio y reprocha que no cubra la oferta de empleo

Personas esperan su turno en el hall del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig. | INFORMACIÓN

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha fallado parcialmente a favor de la reclamación de una trabajadora interina del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig, que exigía su reconocimiento como empleada pública fija.

El Tribunal reconoce los derechos que ha adquirido durante los 15 años en los que se ha mantenido en el mismo departamento municipal como trabajadora social, pero no van más allá en la reclamación de la empleada de convertirse en funcionaria de carrera, es decir, con plaza fija. Indica que tiene derecho a la subsistencia de la relación de empleo, con los correspondientes derechos profesionales y económicos, hasta que la Administración cumpla con lo establecido en el Estatuto Básico del Empleado Público.

En su exposición, la jueza del Tribunal Superior justifica la estimación parcial de la reclamación presentada por la empleada pública dado que «la utilización del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig del personal interino para realizar una misma función y en el mismo puesto de trabajo constituye objetivamente un abuso del empleo público de duración determinada -y puntualiza que - máxime cuando dicha situación se prolonga durante un periodo dilatado de tiempo».

A la vez, el tribunal añade el incumplimiento del Ayuntamiento «de su obligación legal de cubrir las plazas en la oferta de empleo público»; y que esta contratación, lejos de responder a una urgencia o al desarrollo de un programa temporal o extraordinario «trata de encubrir la existencia de necesidades estructurales y permanentes. Ello determina un fraude en el nombramiento y la existencia de abuso por parte de la Administración».

En 2020 la trabajadora presentó un recurso contencioso-administrativo en el que exponía que desde que se le nombró funcionaria interina, había estado prestando los mismos servicios y ocupando la misma plaza de trabajo en el Consistorio sanvicentero. Solicitaba pues que se reconociera que su nombramiento se había hecho en fraude de ley y en consecuencia debía de reconocérsele su condición de empleada pública. Una pretensión que la Sala de lo Contencioso-Administrativo número 2 desestimó.

No conforme con dicha decisión, la trabajadora interina decidió apelar la sentencia presentando un recurso ante el TSJCV y con la misma exposición de motivos, pedía que se le reconociera su condición de empleado público fijo. Esgrimiendo a la vez la incompatibilidad con la directiva europea 1999/70 contra los abusos de los contratos temporales.

El fallo del TSJ ha revocado la sentencia y estima parcialmente el recurso. Desde los servicios jurídicos municipales reconocen que el fallo supone una garantía de que tendrá estabilidad en el empleo, «sin saber hasta cuándo y cómo, ya que está supeditada a la oferta pública». Y adelantan que no la van a recurrir, porque no perjudica los intereses municipales. Resaltan que para la empleada interina esta sentencia puede ser «una satisfacción. Porque a efectos prácticos, no cambia nada».

San Vicente tiene a 70 trabajadores temporales

De los casi 400 trabajadores del ayuntamiento, 70 son interinos. El alcalde, Jesús Villar ha solicitado un listado de los que hay, sus puestos y su antigüedad. Y supedita la oferta de empleo público de 2017 y 2018 al desarrollo de la Ley que promueve la estabilización del empleo de aquellos con más de 5 años en el mismo puesto. Sobre la sentencia, dice que «este caso va a ser el reflejo de muchos otros». Y no considera que San Vicente «abuse» más que otras administraciones.

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