Labora (antiguo Servef) ha recibido hoy una avalancha de solicitudes en el primer día de apertura de las líneas de ayudas directas abiertas por el Consell para los autónomos. Hasta el mediodía han sido 102.000 las peticiones. Estas subvenciones se han lanzado "con el fin de mitigar la difícil situación por la que están atravesando" los trabajadores por cuenta propia en la actual situación generada por el Covid-19, según ha destacado el secretario autonómico de Empleo, Enric Nomdedéu.

El representante autonómico ha incidido en que el Gobierno de la Generalitat ha destinado a estas subvenciones directas más de 57 millones de euros y que Labora y la Dirección General de Trabajo ha reforzardo personal para atender todas las solicitudes. Incluso, Nomdedéu ha indicado que hoy mismo se ha comenzado a dar citas en las distintas franjas horarias para tramitar telemáticamente las peticiones.

El servicio, a través de la página web de Labora, se ha abierto a las 09.00 horas y hasta el mediodía "no se ha registrado incidencia alguna", ha subrayado Nomdedéu, quien ha subrayado que el montante destinado a estas subvenciones "suponen un esfuerzo económico sin precedentes del Gobierno valenciano para mitigar la situación de este colectivo que está sufriendo con fuerza la actual situación" provocada por la crisis del coronavirus.

El periodo estará abierto hasta el próximo 4 de mayo el plazo para la solicitud de las ayudas a los trabajadores autónomos que se han visto afectados por la crisis del coronavirus. Unas subvenciones directas de hasta 1.500 euros que se otorgan por riguroso orden de petición hasta agotar los 57 millones presupuestados y que, eso sí, dejan fuera a quienes el año pasado declararon unos rendimientos netos de su actividad económica superiores a los 30.000 euros.

Las solicitudes se presentan de forma telemática a través de la página web de Labora, y pueden acogerse a la convocatoria los trabajadores autónomos de la Comunidad, incluidos los socios de las cooperativas de trabajo asociado, que hayan sufrido una merma de sus ingresos por la epidemia.

En concreto, las condiciones son haber figurado de alta en el RETA durante, al menos, el periodo comprendido entre el 31 de diciembre de 2019 y el 14 de marzo de 2020; haber suspendido la actividad como consecuencia del cese de actividad decretado por el Gobierno o haber reducido la facturación un 75% en el semestre anterior (si no lleva seis meses, la valoración se realizarán teniendo en cuenta el periodo de actividad que lleve), y tener el domicilio fiscal en la Comunidad.

Quedan excluidas las personas trabajadoras que antes del 14 de marzo fueran perceptoras de la prestación por cese de actividad, los que posteriormente al 14 de marzo fueran trabajadores por cuenta ajena y los que el año pasado obtuvieron unos rendimientos netos de su actividad económica superiores a los 30.000 euros.

Incompatibilidades

Estas ayudas son compatibles con la prestación extraordinaria por cese de la actividad y la bonificación de las cuotas a la Seguridad Social aprobadas por el Gobierno con motivo del Covid-19, pero no con las ayudas similares que han aprobado los ayuntamientos ni, en general, cualquier otra ayuda con la misma finalidad.

Por otro lado, los beneficiarios tendrán la obligación de mantener su actividad durante al menos tres meses, desde que quede sin efecto la suspensión de la actividad, y también deberán comunicar si obtienen otras subvenciones.

La cuantía es de 1.500 euros para las personas obligadas a la suspensión de actividades forzosa por el estado de alarma y de 750 para el resto.